Reproducción asistida y el hijo póstumo

Hace poco llegó a nuestra institución una mujer casada cuyo esposo presentaba muerte cerebral y lo iban a desconectar de los equipos que lo mantenían con vida. Su pregunta era si podían extraer su semen y congelarlo.

Se le solicitó la autorización a la Clínica, cuyo comité de ética aprobó el procedimiento y al CENATRA, quien no lo autorizó.

Para la organización la premisa es la siguiente: la pareja que sobreviva puede dar el permiso de utilizar los órganos de la pareja fallecida para trasplantarlos a quienes lo necesiten, pero los gametos: semen y óvulos, solo podrán ser obtenidos, previa firma de autorización del sujeto a ceder estas células al miembro de la pareja que permanezca vivo.

Éticamente este caso plantea ideas llamativas que fueron discutidas en un muy interesante comité de ética, pero una pregunta rondaba la mente de algunos de nosotros: ¿Qué pasa en la cabeza de la persona que queda?

En el 2012, la Universidad de Harvard llevó a cabo una investigación dirigida a conocer cuál era la opinión de la población entre los 18 y 75 años con respecto a la reproducción póstuma. Los resultados de una muestra de 1049 personas, dieron los resultados siguientes:

En el caso de los hombres el 47% lo apoyaba y el 31.1% estaba en contra, y en el caso de las mujeres el 42% lo apoyaba y el 35.9% estaba en contra. El resto estuvo indeciso. Importante resulta el que el 69.8% de los que lo apoyaban, consideraron que un consentimiento anterior debía ser requerido.

La reproducción asistida con sus inseminaciones artificiales, fecundación in vitro, donación de gametos, abrió un abanico de oportunidades a las parejas que normalmente nunca hubieran podido tener hijos. Gracias a este evento, surgió también la apertura a los diferentes tipos de familia, entre ellos, el de la mujer u hombre que es madre o padre en solitario. Por tanto, el que una mujer viuda (en este caso particular) quiera asumir la maternidad de un hijo del esposo difunto, no debería asombrar. Solo requeriría de nosotros, una adaptación de algunos factores que fueron reconocidos cuando aceptamos, que una mujer u hombre solo tiene el mismo derecho que cualquiera a ser madre o padre. La diferencia en este caso, es que ambos padres han acordado que vivir en estas condiciones es correcto y viable para el que sobreviva.

Desde el punto de vista emocional, la muerte de la pareja es uno de los momentos vitales de estrés y puede ser el origen de enfermedades físicas. Requiere una atención adecuada y no puede mirarse como un proceso que simplemente hay que superar. Las implicaciones de tener una pareja, van más allá de esa persona. Están unidas a la idea y plan de futuro del que queda vivo. No solo muere el o la compañera (o), muere el plan, el deseo, el mañana. Por lo menos así lo perciben la mayoría de los que viven ese momento.

El proceso de duelo ha sido descrito por los especialistas como una serie de etapas que vive el sujeto desde la negación hasta la aceptación, pasando por momentos duros que pueden englobarse en otras etapas como son la ira, la negociación, y la depresión.

Cuando la pareja muere, y el que sobrevive desea obtener sus células, hablamos de extracciones de emergencia. Si ubicamos a la paciente que nos visitó en este momento del duelo, podemos decir que está actuando desde la negación cuando suponemos que vive una negativa a dejar ir, o en control, cuando lo que quiere es preservar parte de esos planes de futuro que tuvo con la pareja que eligió. Repito la expresión que queda en quien la oye: de emergencia. Aún cuando presumimos que se niega a enfrentar la muerte, también podemos pensar que una parte racional le está recordando que hay algo que hacer. Es por esto que, aunque hay etapas del duelo, hay que mirarlas no como un proceso lineal, en el cual una etapa debe preceder a la otra. El sujeto que vive un duelo, vive las etapas sin orden ni concierto, lo único seguro es la experiencia del dolor, la cual no puede ser medida ni organizada.

Como profesionales de la salud mental ¿Qué clase de cuidado debemos tener para una persona que vive un evento así?

Primero que todo, si es posible que se rescaten las células, hay que hacerlo. Pero aquí sí, es primordial considerar el hecho ético del permiso de la pareja y debe estar por escrito. En el año 1997, la inglesa Diane Blood obtuvo permiso legal para usar el semen de su esposo, quien estaba por morir de meningitis, para concebir un hijo de ambos. No existió autorización firmada, solo de palabra y aunque le dieron el permiso de hacerlo en cualquier país de la Unión Europea menos en el Reino Unido, este caso no puede ser utilizado como precedente en el futuro. La señora Blood actualmente tiene dos hijos concebidos con tres años de diferencia usando el semen de su esposo fallecido y vive su vida como una madre soltera más.

Más reciente es el caso de la española Mariana González, quien reclamó el derecho de disponer en España de los gametos de su esposo que habían sido criopreservados en Francia. El esposo tenía cáncer del sistema linfático y congeló su semen como medio para la preservación de la fertilidad en el 2013, mientras vivían en Paris. Las leyes de reproducción asistida en Francia solo permiten su uso a parejas estériles vivas, por tanto fue denegada en un principio. La mujer apeló y su caso sí creó precedente en Francia, ya que la consideración fue que ambos habían querido tener descendencia pero la enfermedad del marido había impedido llevar a cabo su proyecto. Por esto se le autorizó llevar las muestras a España, donde tendría que hacerlo antes de cumplirse el plazo legal de un año de la muerte de su esposo, límite máximo para este tipo de procedimientos en ese país. La señora Blood tuvo el tiempo de cerrar el proceso de pérdida, pues la autorización llegó dos años después de la muerte de su esposo. La señora González tuvo que acelerarlo debido a las leyes de su país. Todavía tendremos que ver cómo resulta su vida en el futuro puesto que hasta la fecha de este artículo no se tenía información acerca de si se había realizado la inseminación artificial, la cual debía hacerse antes del 10 de julio del 2016.

Tomando en cuenta las consideraciones anteriores, sabemos que sólo podemos apoyar a sujetos que contaran con un permiso escrito para el uso de las células de su pareja.

Al trabajar con ellos sería fundamental realizar una evaluación psicológica que diera seguridad a la persona, de que la decisión la está tomando por sí misma, no para complacer a abuelos, familiares, necesidades de sucesión de herencia, etc. Habría que hacer un seguimiento terapéutico para sobrellevar el duelo y la preparación para asumir una familia de madre o padre e hijo o hijos, pues la crianza en solitario no es sencilla y amerita un compromiso pensado y analizado.

“Para que esta decisión sea tomada en la mejor de las condiciones, sería útil darle a esa persona un periodo de duelo superior a los seis meses antes de utilizar las células, sobre todo para que haga un estudio adecuado acerca de las implicaciones positivas y negativas de ser padre o madre sin contar con el apoyo de la pareja.”

Lic. Linda Jiménez Méndez

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